Gracias al servicio de menores no acompañados que ofrecen muchas aerolíneas, es posible que los niños viajen solos. Cuando reserven los billetes, deberán contactar con el servicio al cliente para informar de que el NNA viajará solo e informarte de las normas de la compañía y la documentación que necesitas.
En el aspecto legal Venezolano, encontramos la norma sustantiva legal, La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente que refiere en sus artículos 391,392 y 393 los aspectos que rigen el viaje de menores dentro y fuera del país. Además en el Aeropuerto le será solicitada la siguiente documentación:
Si el menor viaja con los padres: Original y copia de la partida de nacimiento del menor.
Si el menor viaja solo:
-Permiso notariado o emitido por el Consejo de Protección del Niño y Adolescente firmado por los padres.
– Original y copia de la partida de nacimiento.
Si el menor viaja con terceros:
– Permiso u Autorizacion notariada o emitida por el Consejo de Protección del Niño y Adolescente firmado por los padres.
– Original y copia de la partida de nacimiento.
– Copia de la Cédula de Identidad de los padres.
Es necesario traer a colación ciertos parámetros institucionales en relación a los permisos internacionales. Pues bien, en fecha 19 de julio de 2019 salió a la luz pública la resolución del Servicio Autónomo de Registros y Notaría (Saren) DG 00781 CJ-0230-CN00789, dirigida a las notarías públicas y registros con funciones notariales, en la cual hizo un recordatorio a la resolución ya emitida en febrero pasado de ese mismo año, y con la cual deja claro que los poderes generales o especiales no son válidos, es decir, no se pueden usar para tramitar los permisos de viaje de los NNA, ni siquiera a posterioridad. Es decir, sin un niño, niña y adolescente viaja solo o con terceras personas los padres que ejerzan la patria potestad, o, en su defecto, su representante legal, deben solicitar una autorización ante el Consejo de Protección, o presentar un documento autenticado llamado autorización de viaje con todo el itinerario incluido hasta por 90 días; si los padres se encuentran fuera del territorio nacional podrán otorgar el permiso de viaje ante el Consulado de la República Bolivariana de Venezuela correspondiente.
¿En qué momento puede intervenir los tribunales de protección de niños, niñas y adolescentes en los temas de autorización de viaje? Según el artículo 393 de la lopnna nos detalle la intervención judicial en “caso que la persona o personas a quienes corresponda otorgar el consentimiento para viajar se negare a darlo o hubiere desacuerdo para su otorgamiento, el padre o madre que autorice el viaje, o el hijo o hija si es adolescente, puede acudir ante el juez o jueza y exponerle la situación, a fin de que éste decida lo que convenga a su interés superior.”
También está el caso que si uno de los padres se encuentra ausente, y éste no pudiera acudir al consulado o embajada de la República Bolivariana de Venezuela correspondiente, pudiera la parte interesada en Venezuela acudir a los tribunales de protección y presentar una solicitud de autorización de salida del país vía comunicacional con el padre ausente y así puedan efectuarse una audiencia especial en relación al consentimiento del padre para ese viaje.
Del mismo modo, si alguno de los padres se encuentra en estado de ausencia, es decir esa situación de una persona que se encuentra en paradero desconocido, de la que no se han tenido noticias durante un tiempo prolongado, el padre interesado acudirá a los tribunales de protección a los fines de solicitar el “Ejercicio Unilateral de Patria Potestad”, este mecanismo es acorde para obtener tales autorizaciones judiciales para viajar al exterior.
La Colocación Familiar es otro de los mecanismo para garantizar judicialmente una autorización de salida del país, tal colocación tiene por objeto otorgar la Responsabilidad de Crianza de un niño, niña o adolescente, de manera temporal y mientras se determina una modalidad de protección permanente para el mismo.
En este orden de idea, todo personal aeronáutico debe garantizarle el viaje a aquellas personas que estén debidamente autorizadas tal como señalamos previamente, ya que son mecanismos consagrados por la máxima autoridad judicial como lo es un juez de la república y sus decisiones son garantistas a no ser que se muestre lo contrario. Además de conformidad con el artículo 386 de la lopnna, nos consagra esa convivencia que tiene un familiar sobre su pariente “La convivencia familiar puede comprender no sólo el acceso a la residencia del niño, niña o adolescente, sino también la posibilidad de conducirlo a un lugar distinto al de su residencia, sí se autorizare especialmente para ello al interesado o interesada en la convivencia familiar. Asimismo, pueden comprender cualquier otraforma de contacto entre el niño, niña o adolescente y la persona a quien se le acuerda la convivencia familiar”
Por el Abogado Wilson Peñaloza
Experto en materio de protección del NNA.
Especialista en Derecho Aeronáutico
Especialista en Derecho Penal.
Miembro fundador y presidente de AEPDAEV
Instagram: @aepdaev
Email: [email protected]
+58 424-1345844
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El “Efecto Darwin” es un término que hace referencia a la influencia de la teoría de la evolución en distintos campos del conocimiento más allá de la biología. Aunque no es un concepto científico formal, se usa para describir cómo las ideas de Charles Darwin han impactado disciplinas como la psicología, la sociología, la economía, la inteligencia artificial e incluso la ética. Principales aplicaciones del “Efecto Darwin” Psicología y conducta humana: Dio origen a la psicología evolutiva, que estudia cómo ciertos comportamientos humanos se han desarrollado debido a la selección natural. Explica rasgos como el miedo, la cooperación y la preferencia por ciertos tipos de pareja desde una perspectiva evolutiva. Sociología y teoría social: Inspiró conceptos como la selección cultural, donde las ideas y costumbres evolucionan y se adaptan con el tiempo. Se ha utilizado para explicar la evolución de las estructuras sociales y la competencia entre grupos humanos. Economía y teoría del mercado: Influenció la idea del “darwinismo social”, aunque esta interpretación ha sido criticada por justificar desigualdades. Inspiró teorías económicas donde las empresas y mercados evolucionan mediante la “supervivencia del más apto”. Inteligencia Artificial (IA) y algoritmos genéticos: En informática, los algoritmos genéticos imitan la selección natural para resolver problemas complejos mediante mutaciones y selección de soluciones óptimas. La IA ha tomado principios de la evolución para desarrollar programas capaces de “aprender” y adaptarse. Ética y filosofía: Desafió visiones tradicionales sobre la existencia humana y la moralidad, al proponer que los seres humanos no son especiales en la naturaleza, sino producto de la evolución. Plantea preguntas sobre la responsabilidad moral y el papel de la genética en el comportamiento humano. Conclusión El “Efecto Darwin” muestra cómo la teoría de la evolución ha trascendido la biología, influenciando el pensamiento moderno en múltiples disciplinas. Su impacto sigue vigente en la forma en que entendemos el mundo, desde el comportamiento humano hasta el desarrollo de nuevas tecnologías. https://www.tiktok.com/@mscnoticias
NASA y ESA monitorean asteroide con posible impacto en 2032 La Agencia Espacial Europea (ESA) y la NASA siguen de cerca la trayectoria del asteroide 2024 YR4, el cual tiene un 1,2% de posibilidades de impactar la Tierra el 22 de diciembre de 2032. Aunque la probabilidad es baja, los expertos advierten que no se puede descartar por completo un posible impacto. Este asteroide fue descubierto el 27 de diciembre a través del telescopio ATLAS (Asteroid Terrestrial-impact Last Alert System) ubicado en Río Hurtado, Chile. Su tamaño oscila entre 40 y 100 metros de diámetro, por lo que, en caso de colisión, no representaría una amenaza global, pero sí podría generar graves daños en una zona local. Hasta el momento, la ESA señala que aún es pronto para determinar la ubicación exacta de un posible impacto en la Tierra. No obstante, los estudios preliminares indican que el daño potencial sería comparable a la extensión de Gran Canaria, lo que podría afectar gravemente una región específica. El asteroide 2024 YR4 ha sido clasificado en el nivel 3 de la Escala de Turín, utilizada para medir el riesgo de impacto de objetos espaciales. Según los especialistas, es común que la probabilidad de colisión aumente en las primeras observaciones, para luego disminuir drásticamente con análisis más precisos. Las agencias espaciales continuarán monitoreando este objeto para recopilar más datos y evaluar con mayor certeza el riesgo real que representa para la Tierra. https://www.tiktok.com/@mscnoticias